viernes, 13 de marzo de 2015

Contrato de trabajo en Suiza. Legislación. Derechos y Obligaciones.

El contrato de trabajo en Suiza
La actividad remunerada puede presentar diversas formas: como trabajador dependiente o como trabajador independiente por cuenta y riesgo propio. Hay que distinguir entre varios tipo de contrato de prestación:
Contrato de trabajo (CO 319-362): El trabajador de compromete a cumplir un trabajo, por un tiempo determinado o indeterminado, al servicio de una directivas dadas por el empleador a cambio del pago de un salario.
Contrato de obra y servicio (CO 363 – 379): El trabajador es un trabajador autónomo que se compromete a producir o reparar un objeto a cambio de un pago.
Mandato (CO 394-418): La persona encargada, como trabajador autónomo, asume el encargo de realizar un servicio a cambio de una comisión u honorario.
El contrato de trabajo
El contrato de trabajo entre el trabajador y el empleador está regulado por diferentes disposiciones legales:
-        La Ley del Trabajo: Contiene disposiciones imperativas en relación a accidentes y enfermedades. Regula la duración del trabajo y del descanso, el trabajo nocturno y en festivo. Asimismo el trabajo de los estudiantes, la protección del trabajo de la mujer, de los jóvenes.
-        La Ley sobre la Formación Profesional
-        El Código de Obligaciones: Contiene disposiciones del contrato de trabajo en el ámbito del derecho privado.
Acuerdos contractuales
a)      El contrato colectivo de trabajo (CCL) es un acuerdo entre la patronal de un sector y la organización de los trabajadores y regula colectivamente importantes cuestiones del sector: desde la duración máxima del trabajo hasta salario mínimo, etc…
b)      Contrato individual de trabajo.
El contrato individual de trabajo es un acuerdo con el cual el trabajador se compromete a trabajar al servicio del empleador por un periodo determinado o indeterminado, y este último de pagarle un salario (cuidado, no ésta contemplado en el COS que sea en francos suizos).
La mayoría de los contratos de trabajo individuales son acordados a tiempo indeterminado, tiempo que vale hasta  el disentimiento de una de las partes. Salvo acuerdo contrario de las partes, el primer mes  es de prueba. El periodo de prueba puede durar hasta 3 meses.  
Para cambiar de tiempo pleno a tiempo parcial o viceversa debe darse un nuevo contrato, pero la relación contractual no se interrumpe.


Forma del contrato de trabajo
El contrato individual de trabajo no necesita de una forma especial alguna. Se entiende que hay acuerdo en el momento que el trabajo es aceptado.
Si la relación laboral  ha estado pactada a tiempo indeterminado o por más de un mes, el empleador como máximo en el próximo mes, debe informar por escrito al empleado sobre los puntos importantes del contrato.
*La legislación sobre el contrato de trabajo contiene muchas disposiciones imperativas en protección al trabajador: las disposiciones absolutamente imperativas (inderogables) no se pueden modificar en favor del empleador ni del trabajador; las disposiciones imperativas relativas pueden ser modificadas solo en favor del trabajador.
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
1.      Desarrollo personal del trabajo: Debe desarrollar el trabajo personalmente y con la debida diligencia.
2.      Deber de diligencia: Debe adoptar la normativa de maquinaria, de los instrumentos, la instalación técnica. Responde de los daños que causa al empleador intencionadamente o por negligencia.
3.      Prohibición de trabajar en negro: Durante la relación laboral no puede exigir  el pago a terceros, en la medida que debe lealtad frente a su empleador.
4.      Lealtad: El trabajador es considerado defensor de los intereses de la empresa, como los secretos de fabricación o de producción. Después de la relación de trabajo el secreto profesional vale en situaciones determinadas, siempre que los intereses del empleador así lo exijan.
5.      Rendir cuentas: El trabajador debe rendir cuentas al empleador con el empleador de todo aquello que recibe de terceros en relación a su trabajo.
6.      Aceptación del trabajo extraordinario: Debe aceptar el trabajo extraordinario, en la medida en sea posible y razonable (limitación por motivos de salud o familiares). El trabajo extraordinario es normalmente compensado con tiempo libre de misma duración o con un suplemento del 25%.
7.      Cumplimiento de las directivas e instrucciones: El trabajador debe cumplir, según las normas de la buena fe, las directivas generales establecidas por el empleador.
OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR
1.      Pago del salario: El empleador debe pagar el salario pactado o establecido en el contrato normal o colectivo de trabajo.
Si no se establece un plazo diferente, el salario será pagado a final de cada mes. Con el pago se debe indicar la liquidación.
El seguro por accidente laboral es totalmente a cargo del empleador
2.      Pago continuado del salario en caso de impedimento del trabajador para trabajar.
Si el trabajador por motivos personales es impedido a trabajar sin culpa, por enfermedad, accidente, obligación legal, de función pública, servicio militar, embarazo, el empleador debe pagarle por un tiempo determinado.
En muchos casos el pago del salario viene retribuido a través de un seguro, mínimo el 80%. Por breves ausencias, normalmente el empleador paga el entero salario y recibe por parte del seguro una prestación. Solo en casos determinados, rige la solución mínima del COS.
3.      Pago del salario después de la muerte: En caso de muerte del trabajador, si deja mujer o partner registrado o hijos menores, el empleador debe todavía pagar un mes de salario. Si la relación de trabajo ha durado más de 5 años, dos meses de salario.
4.      Disposición de las herramientas: A excepción de acuerdo contrario, el empleador debe poner a disposición del trabajador los medios necesarios para el trabajo.
5.      Pago de los gastos derivantes del trabajo: El empleador debe reembolsar al trabajador todos los gastos necesarios para la ejecución del trabajo.
6.      Medidas de protección de salud e prevención de accidentes: Se debe respetar y proteger la personalidad del trabajador y tener cuidado de la saludad y su seguridad.
7.      Concesión del normal tiempo libre y del día libre: El trabajador necesita de tiempo libre (pagado). Según el derecho consuetudinario son normales dos o tres días por el matrimonio, de dos a tres por el nacimiento de un hijo, de uno a dos por mudanza, y hasta tres días por la muerte de un familiar.
El empleador debe conceder un día libre durante la semana, normalmente el domingo.
8.      Concesión de vacaciones y tiempo libre normal: Se debe acordar las horas y los días de descanso y las vacaciones previstas en la ley o en el contrato. Las vacaciones mínimas pagadas son 4 semanas al año (20 días laborables). 5 semanas para los jóvenes trabajadores menores de 20 años.
Si el trabajo no es de duración mínima anual, se deben disminuir las vacaciones proporcionalmente.
En general, las vacaciones deben de ser estipuladas en un único periodo (mínimo dos semanas).
El empleador establece las fechas, posiblemente a criterio del trabajador.
9.      Pausa no pagada por actividad extraescolar: A petición, cada año se debe conceder a los trabajadores menores de 30 años, una pausa juvenil no pagada de una semana laborable al máximo, para poder desarrollar actividades no remuneradas, de asistencia o consultivas.
10.   Certificado de trabajo: El trabajador puede en todo momento solicitar un certificado de trabajo, donde se indica la naturaleza y la duración del trabajo.
11.   Pago de gratificación: La verdadera gratificación es una prestación totalmente voluntaria del empleador y representa una compensación especial del empleador por el buen desarrollo del trabajo. Si se ha establecido la decimotercera paga, entonces es una parte estable del salario y es obligatoria sin reservas.
12.   Deber de información y de consulta del trabajador o del representante de los trabajadores en el caso de venta de la empresa o despido en masa: Existe un procedimiento simple y acelerado para las controversias derivadas de las relaciones laborales (Tribunal del trabajo) que no superen los 30.000 francos. El tribunal competente  es aquel del domicilio o de la sede del acusado o el lugar donde debería desarrollarse el trabajo.


(Siguiente artículo Contrato Normales de Trabajo y Contratos Colectivos de Trabajo en Suiza).

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